Este 14 de marzo los votantes recibirán el certificado electoral, que brinda estímulos al elector

  • Este certificado surgió como resultado de la Ley 403 de 1997.
  • Este documento será entregado una vez el ciudadano haya depositado las tarjetas electorales en las urnas y tendrá vigencia hasta el 30 de mayo, fecha en la que se entregará el nuevo certificado electoral en la primera vuelta de la elección del Presidente de la República.

Los ciudadanos que participen con su voto en las elecciones del próximo 14 de marzo recibirán el certificado electoral, que otorga estímulos para los votantes como descuentos en matrículas de universidades públicas, en el trámite del pasaporte y la libreta militar, y en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio, entre otros.

Estímulos para el sufragante

  • Prelación en el caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.
  • Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio si son soldados bachilleres o auxiliares bachilleres y dos meses si son soldados campesinos o soldados regulares.
  • Beneficios en la adjudicación de becas educativas, de predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en un concurso abierto. Un tratamiento similar tendrán en caso de igualdad de puntaje en una lista de elegibles cuando se trate de un empleo de carrera con el Estado.
    Los estudiantes de una institución oficial de educación superior tendrán derecho a un descuento del 10% en el costo de la matrícula, según el artículo 1, de la Ley 815 de 2003, con la cual se agregan nuevos estímulos al sufragante.
  • Rebaja del 10% en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los 4 años siguientes a la votación, por una sola vez.
  • Descuento del 10% del valor a cancelar por concepto de trámite de expedición inicial y renovación del pasado judicial, en el trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar; por duplicados de la cédula de ciudadanía, del segundo duplicado en adelante y a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para sufragar.

Estímulos especiales en el exterior:

  • Descuento del 10% en el valor de cualquier servicio consular, incluída la expedición del pasaporte.
  • Descuento del 30% en el impuesto de salida del país cuando el ciudadano lo visite por un término máximo de 45 días.

Una vez se depositen las tarjetas electorales de Congreso de la República o Parlamento Andino en las urnas ubicadas en Colombia o en el exterior, los ciudadanos recibirán el certificado electoral, que es un documento público expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, como resultado de la Ley 403 de 1997, que señala que “La participación mediante el voto en la vida política, cívica y comunitaria se considera una actitud positiva de apoyo a las instituciones democráticas, y como tal será reconocida, facilitada y estimulada por las autoridades”.

El certificado electoral que los colombianos recibirán el próximo 14 de marzo estará vigente hasta el próximo 30 de mayo, fecha en la que se celebrará la primera vuelta para la elección de Presidente y Vicepresidente de la República, ya que el certificado pierde su vigencia con cada nueva elección.

El certificado será expedido por los jurados de mesa de votación o el Registrador Municipal, Distrital del Estado Civil o Cónsul del lugar donde se encuentra inscrita la cédula.

El sufragante tendrá que asegurarse de que el documento lleve el número de su cédula porque será la prueba del ejercicio de su derecho ciudadano.

Fuente: www.registraduria.gov.co

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